Según la ley 142 de 1994 menciona que Central Colombiana de Aseo S.A.S. E.S.P. están reguladas por:
Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) Promueve la competencia entre quienes prestan el servicio de agua potable y saneamiento básico y regula los monopolios en la prestación de tales servicios. Y vigiladas por: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) delegada por la Presidencia de la República para controlar y vigilar el cumplimiento de las normas, la calidad y eficiencia del servicio público de aseo domiciliario.
Los contratos de condiciones uniformes constituyen el instrumento por excelencia para que usuarios y prestadores puedan ejercer sus derechos y deberes dentro de la relación que surge de la prestación de un servicio público domiciliario. Tal característica implica que, para todos aquellos eventos en los que pueda llegar a ser necesario, el contrato debe ser una herramienta clara y ágil, para que las partes cuenten con información veraz y oportuna sobre las reglas y procedimientos que deben surtir en cada evento posible.
Central Colombiana de Aseo S.A.S. E.S.P., actúa como entidad tarifaria local, con los trámites sobre tarifas establecidos en el Capítulo 1 del Título V de la Resolución CRA 151 de 2001, o la que la modifique, adicione o sustituya.
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