Radicación PQR

Estimado usuario recuerde que al diligenciar este formato esta pre-radicando su petición, queja o reclamo, esta solo se entenderá como radicada una vez reciba a vuelta de correo la confirmación por parte de Central Colombiana de Aseo S.A. E.S.P., con su respectivo número de radicado.

Publicaciones por aviso:

Conforme a lo establecido en el inciso segundo del artículo 69 de la ley 1437 de 2011, y como se desconoce la información sobre el destinatario, se fija el presente aviso con copia de la decisión emitida por parte de la empresa Central Colombiana de Aseo S.A. E.S.P., de los siguientes usuarios:

Centros de atención al usuario

Horarios de atención:

Lunes a viernes de 8:00 a.m. – 12:00 m. 2:00 – 5:00 p.m.

Línea telefónica: 317 716 13 77 – 318 706 77 69

Calle 12 # 10-37 Barrio Centro.
pqr.aguadedios@centralcolombianadeaseo.com.co

Líneas telefónicas:
318 373 1127,
608 726 3150,
608 726 1296.
Centro de atención al usuario: Calle 16 # 11 -27 Local 1 
pqr@centralcolombianadeaseo.com.co

Línea telefónica: 317 716 13 77 – 318 706 77 69
Calle 4 # 6-89 Barrio Centro.
pqr.tocaima@centralcolombianadeaseo.com.co

Preguntas y respuestas frecuentes

Puede consultar los horarios y frecuencias de recolección por municipio en los siguientes links seleccionando el municipio en el que se encuentra:
Puede comunicarse con la estación de policía más cercana y solicitar información acerca de las denuncias ambientales.

En el Decreto 1077 de 2015 Artículo 2.3.2.2.4.2.1.0.9 menciona los deberes de los usuarios, si el predio está desocupado es deber del usuario informar oportunamente el estado del mismo para poder ajustar la tarifa y conceder el descuento, los requisitos para aplicar el descuento por inmueble desocupado están regulados en la Resolución CRA 720/2015 en su Art. 45.

No señor(a), Central Colombiana de Aseo E.S.P., cuenta con diferentes canales de atención no presenciales a través de los cuales puede realizar su petición queja o reclamo, la línea de atención, a través de la sección servicio al cliente de nuestra página web o enviando un correo electrónico a las siguientes direcciones:
Las tarifas de aseo no son fijas porque su cálculo depende de diferentes variables como los residuos generados por la ciudad, el número de unidades del catastro de aseo, los costos de transporte, los costos de disposición en el relleno sanitario, el costo de tratamiento de lixiviados, entre otros.
Por expreso mandato legal debe ser cancelado por los usuarios residenciales pertenecientes al estrato 5 y 6, como también los usuarios comerciales pequeños, medianos y grandes productores en el servicio de aseo, conforme a la Ley 142 de 1994 Artículo 89.1.

De acuerdo a lo establecido en la Ley 142 de 1994 en su Artículo 147 el cual indica lo siguiente:

“Naturaleza y requisitos de las facturas. Las facturas de los servicios públicos se pondrán en conocimiento de los suscriptores o usuarios para determinar el valor de los bienes y servicios provistos en desarrollo del contrato de servicios públicos.

  • En las facturas en las que se cobren varios servicios, será obligatorio totalizar por separado cada servicio, cada uno de los cuales podrá ser pagado independientemente de los demás con excepción del servicio público domiciliario de aseo y demás servicios de saneamiento básico. Las sanciones aplicables por no pago procederán únicamente respecto del servicio que no sea pagado.

Lo que quiere decir que nosotros como prestador del servicio podemos escoger la empresa facturadora que conjuntamente facturara el servicio de aseo.

De acuerdo con la Ley 142/1994, art. 147, Parágrafo: “Cuando se facturen los servicios de saneamiento básico y en particular los de aseo público y alcantarillado, conjuntamente con otro servicio público domiciliario, no podrá cancelarse este último con independencia de los servicios de saneamiento básico, aseo o alcantarillado, salvo en aquellos casos en que exista prueba de mediar petición, queja o recurso debidamente interpuesto ante la entidad prestataria del servicio de saneamiento básico, aseo o alcantarillado”.

Los cálculos de tarifa de aseo, se encuentran establecidos en el régimen de regulación tarifaria estipulado en la Resolución CRA 720 DE 2015 para el caso de Chiquinquirá y la Resolución CRA 853 de 2018. La tarifa de Aseo tiene varios componentes (recolección, transporte, barrido, limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped, poda de árboles, trasferencia, tratamiento, Aprovechamiento, Disposición final, y lavado de áreas públicas).

Para entender cómo leer su factura de aseo lo invitamos a consultar el siguiente link: Clic aquí.